¿Qué servicios incluye un viaje del Imserso?
Así se asignan los puntos para conseguir plaza en los viajes de Imserso 2021
Fechas clave del calendario de los viajes del Imserso 2021-2022
Los anhelados viajes del Imserso han vuelto después de un año parados por la pandemia. Desde el 1 al 30 de julio se pueden solicitar plazas en los programas.
Las personas que quieran acreditarse y que cumplan los requisitos para participar en los viajes que se reanudan en octubre, tan solo tendrán que rellenar el modelo de solicitud en línea a través de la Sede Electrónica del Imserso, o rellenando un impreso, que deberá enviarse o bien a los correos electrónicos oficiales, o en sobre franqueado (no por correo certificado) a la siguiente dirección: Programa de Turismo del Imserso, apartado de correos 10.140 28080, Madrid.
El estado de la acreditación puede seguirse a través de la Sede Electrónica del Imserso mediante el sistema Cl@ve. Después de que finalice el plazo, tal y como aparece en la Resolución de 17 de junio de 2021 del Boletín Oficial del Estado (BOE), se conocerán las personas que participarán en el programa en un plazo máximo de 3 meses con la publicación de un listado de admitidos en el BOE, donde, a su vez, se indicará la fecha a partir de la cual se podrá realizar la reserva de viaje en las empresas turísticas comercializadoras.
Requisitos
Podrán acceder al programa:
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Residentes en España: podrán participar en el programa de turismo del Imserso, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
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Ser pensionista de jubilación del sistema público español de pensiones.
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad.
- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
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Ser titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
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Ser emigrante retornado a España y pensionista del Sistema público de la Seguridad Social del país del que ha retornado.
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Españoles residentes en el exterior que reúnan los requisitos exigidos en el punto anterior para participar en el programa. Los residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
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Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.
Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Renovar la acreditación
Las personas que se acreditan otros años en los programas del Imserso recibieron en junio una carta de renovación, con los datos que figuran en la base del Imserso.
Si los datos son correctos no debe hacer nada. Pero, si por el contrario hay algún fallo, o algo ha cambiado, deberá realizar los cambios correspondientes a través de la Sede Electrónica del Imserso usando el número de referencia que aparece en el documento o el sistema Cl@ve.