Tras unos días de incertidumbre, los viajes del Imserso para la temporada 2023-2024 se reanudarán en octubre, después de que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) haya desestimado los recursos presentados este verano por Mundiplan, Nautalia y Soltour a la licitación y haya legitimado a Ávoris Corporación Empresarial como adjudicataria de los tres lotes del concurso.
De esta manera, los viajes vuelven con normalidad y en las fechas previstas, nos aseguran fuentes del organismo a 65YMÁS. No obstante, y a pesar de las buenas noticias, han surgido algunas dudas sobre si esta suspensión temporal permitiría a aquellos que no llegaron a apuntarse en su momento enviar su solicitud mientras el Tribunal tomaba su decisión.
Lo cierto es que el organismo no ha dicho nada sobre esto, por lo que se entiende que la fecha de presentación de solicitudes terminó el 25 de julio de este año. De este modo, las personas que se apuntaron podrán participar en los nuevos circuitos que se han creado en las provincias de Albacete, Almería, Ávila, Cáceres, Castellón, Girona, Lleida, Tenerife y Toledo, y las 19 nuevas rutas de naturaleza, entre las que se incluyen Sierra Nevada, el parque natural de las Médulas, el parque natural de las Tablas de Daimiel, la Ribeira Sacra o el Valle de Leitzarán.
Además, de las casi 900.000 plazas que se ofertan, más de 1.000 se reservarán para itinerarios de temática cultural literaria, musical, teatral o gastronómica en zonas de especial interés cultural en España. Y por primera vez, los mayores podrán viajar en AVE.
Requisitos
Aunque no se pueden presentar nuevas solicitudes para esta temporada, no está de más recordar los requisitos que hay que cumplir para poder acreditarse. Son los siguientes:
Ser residente en España: podrán participar en el programa de turismo del Imserso, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
Ser pensionista de jubilación del sistema público español de pensiones.
Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad.
Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
Ser titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
Ser emigrante retornado a España y pensionista del Sistema público de la Seguridad Social del país del que ha retornado.
Ser residente en el exterior que reúna los requisitos exigidos en el punto anterior para participar en el programa. Los residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Ser español de origen emigrante que haya retornado a España, siempre que sea pensionista de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.
Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.